Colonización de América. Un nuevo mundo y el nacimiento de figuras del derecho.

in #steemit7 years ago

El encuentro entre dos mundos desiguales y desconocidos, como el imperio europeo, que tenia altos niveles de civilización con respecto al nuevo mundo, una cultura organizada y una ambición de expansión y las tierras vírgenes que se encontraban del otro lado del mundo, en una dirección desconocida por el resto de los habitantes del planeta y con una cultura enriquecedora –casi tanto como sus atributos naturales-, fortaleció el rumbo de la historia y marcó pauta o dio inicio a un mundo de índole social, político económico y jurídico.
Hay figuras que dieron justificación jurídica a todas las acciones de descubrimiento y conquista, marcando así un hito para la historia y para el derecho, al igual que fueron icónicas para los métodos de financiamiento de proyectos ante un mundo por descubrir.
Las capitulaciones fueron un diseño jurídico-económico que consistió en un contrato de derecho público, el cual buscaba delimitar los derechos de los conquistadores o pobladores y de abrir un abanico de oportunidades y novedades a la corona otorgante. Las capitulaciones marcaron la historia desde los primeros viajes de Colón, donde en 1492 firmó su primera capitulación con la Reina Isabel, cediendo así, diversos derechos sobre una tierra virgen y una población emergente.
Las capitulaciones también eran contratos pobladores, es decir, se otorgaban a gobernantes que debían poblar y evangelizar a los indígenas. Al principio, fue una cuestión dificultosa, ya que, los indígenas no permitían que cercenaran su libertad y que buscaran dominar sus tierras, creando un ambiente de conflicto que traía como consecuencia el incumplimiento de la capitulación, por no poder cumplir con las expectativas económicas de las monarquías y por limitarse en su competencia de poblar, creando juicios y culpables (los gobernadores).
Una demostración de que las figuras jurídicas pueden caer en vicios por los contratantes, es la situación de los tan rechazados Welser en América, los cuales se concentraron en la búsqueda del Dorado, descuidando así sus funciones urbanizadoras; la Casa Welser, en alianzas -incluso anteriores al reinado de Carlos V-, ya tenía intereses en capitulaciones que pagó en financiamientos al Rey, por ende, la figura jurídica se minimizó y entró en vigencia un conflicto de intereses que causó malestar en América.
La encomienda nace como respuesta a las nuevas necesidades de la realidad, siendo una figura de orden social y jurídico que pactaba entre la corona y el capitulante, la cual buscó organizar y poblar ciudades mientras se retribuía el trabajo de los españoles y se cedían las funciones del reinado, quedando para el encomendado dar: defensa, protección y adoctrinamiento hacia la religión; mientras el indígena tenía la obligación de pagar un tributo o pagar en trabajo a él encomendado por la corona.
Esto creó o permitió un avance en cuanto a la civilización, dando los primeros pasos para la constitución de los pueblos venezolanos, que enfrentó todo tipo de diversidades en su apenas naciente sociedad; enfrentando la desorganización, luchando contra la esclavitud e impulsando el crecimiento y el empoderamiento de las costumbres provenientes de la corona.
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@Raffaellamaiuri , si se pudiese hacer un ejercicio de introspección, un indigena en 1942 pudiese demandar a un colono español por daños o por algun tipo de indemnización?
Es decir, estaría en orden el imaginario propuesto por el gobierno venezolano de culpabilidad y rencor hacia los provenientes del continente europeo o es nulo de toda nulidad tener algun tipo de argumento como ese?

Muy interesante el tema de las capitulaciones. Podrías decir que era una especie de contrato de compra-venta donde se cedía un derecho de propiedad sobre la isla y sus habitantes? O cuál derecho de los que conocemos actualmente se asemejaba ese que se cedía través de las capitulaciones?

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