MITOS nacidos con el Nuevo Salario Mínimo de Septiembre 2018

in #spanish6 years ago

Anclaje? Petrolización? Dolarización? Recuperación de la Economía?

Estas son unas de las muchas palabras claves utilizadas por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela desde mediados del mes de Agosto del presente año, dentro de los diferentes anuncios realizados, lo cual por su escaso contenido informativo nos lleva a crear en la población Venezolana una cantidad de mitos que debemos acabar, por lo que he preparado un pequeño articulo aclarando dudas luego de las diversas interrogantes que han llegado hasta mi oficina.

SALARIO MÍNIMO ANCLADO AL PETRO. MITO

En reiteradas oportunidades el Presidente Nicolas Maduro mencionó el anclaje del salario mínimo al PETRO "criptomoneda del Gobierno", moneda esta que es valorada según la cotización del barril de petróleo que para el día del primer anuncio era 60$, y explicando muy vagamente que el salario mínimo pasaría a ser lo equivalente a MEDIO (1/2) PETRO, que para ese día arrojaría un total de 1.800 Bolívares Soberanos. En este caso me ahorrare la explicación puntual de cada valor obtenido en vista de que a la actualidad NO EXISTE TAL ANCLAJE.

Si bien es cierto que el salario mínimo publicado en Gaceta oficial es de 1.800 Bs.S, también es cierto que dicha publicación no fue mas que un "corte y pegue" de la gaceta anterior donde se aumentaba el salario mínimo de 1.000.000 Bs.F. a 3.000.000 Bs.F., y donde evidentemente no existe ningún tipo de cambio en modalidad de cálculo ni mención alguna de anclaje al petro, por lo que mal pudiéramos considerar anclado el salario mínimo del País a la "criptomoneda del gobierno", lo que hace FALSO el anuncio constante realizado por el presidente.

EL REPRESENTANTE PATRONAL DEBE CANCELAR EN 3 CUOTAS EL MES DE SEPTIEMBRE. MITO

El pago que realizara el Gobierno, a los trabajadores, cumpliendo con el subsidio ofrecido a las diferentes empresas privadas del País, se realizara en supuestas 3 cuotas 7/9/18, 15/9/18 y 30/9/18, pero las empresas que no soliciten dicho subsidio podrán cancelar como regularmente han venido cancelando a sus trabajadores en vista de que la Gaceta oficial no obliga a los representantes patronales a realizar el pago del mes de septiembre en una modalidad diferente a la que han implementado, por lo que no existe ningún tipo de irregularidad en los casos del personal que no haya cobrado salario el 7/9/18, si acostumbra a cobrar de forma quincenal.

PÉRDIDA DE RESPONSABILIDAD LABORAL POR PARTE DEL PATRONO. MITO

Tras el aumento del salario mínimo a 1.800 Bs. S. y el anuncio del subsidio otorgado por el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, muchos representantes patronales consideran la idea de aceptar el subsidio otorgado por el Presidente de la República y una vez culminado el lapso de los 3 meses en el cual el Gobierno cancelara el respectivo salario de los trabajadores, dar por culminada la relación laboral sin necesidad de cancelar las prestaciones sociales al salario nuevo motivado a que ellos jamás cancelaron dicho salario, groso error, por cuanto el gobierno únicamente cancelara una parte del salario, ciertamente un alto porcentaje, pero la relación laboral continua en los mismos términos y el trabajador debe gozar de todos sus beneficios independientemente quien le haya cancelado sus ultimas quincenas, debido a que seguirá prestando servicios al mismo patrono, cumpliendo las ordenes del mismo patrono y cumpliendo su jornada de trabajo en las mismas entidad de trabajo. OJO CON ESTO!

De igual forma sucede en el caso de las utilidades, el salario devengado por el trabajador en los meses SEPTIEMBRE, OCTUBRE Y NOVIEMBRE, forman parte del promedio a realizar para el calculo de utilidades según la modalidad utilizada por el representante patronal para dicho cálculo.

DESPIDO POR NO POSEER LIQUIDEZ. MITO

Es totalmente falso que si un representante presume no poseer liquidez para cancelar el pasivo de sus trabajadores puede retirarlos sin la respectiva liquidación realizada al salario vigente. En caso de ser cierto que la producción de la empresa no dé para cancelar los diferentes beneficios de los trabajadores, es necesario realizar ante la Inspectoria del Trabajo la respectiva Calificación a fin de obtener la autorización para retirar al trabajador, y en caso de obtener dicha autorización igual se debe cancelar todo lo que al trabajador le corresponde legalmente.

SI LIQUIDE A MIS TRABAJADORES TOTALMENTE EL 31 DE AGOSTO CON INDEMNIZACIÓN, EMPEZAMOS LA RELACIÓN LABORAL DE CERO EL 03 DE SEPTIEMBRE. MITO

Aun cuando exista el pago de prestaciones sociales y demás beneficios laborales adquiridos incluyendo indemnización por el despido, se tomará como adelanto de prestaciones y continuará la relación de trabajo porque no se dio correctamente el corte.

SI ME DECLARO EN QUIEBRA NO TENGO PORQUE CANCELAR NADA A MIS TRABAJADORES. MITO

Totalmente falso, es importante tener claro al momento de realizar este tipo de comentarios que la quiebra no la declara usted mismo, el procedimiento de quiebra se debe iniciar ante el tribunal respectivo y sera ese tribunal quien declare la quiebra en caso de que ésta sea demostrada en su debida oportunidad igual el pasivo que se tiene con los trabajadores prevalece ante cualquier procedimiento y se buscara cualquier medio para su cancelación.

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Así como estos mitos existen muchos mas y solo quise por este medio intentar aclarar muchas de las dudas que están rondando en los diferentes empresarios del país en aras de que se asesoren bien antes de actuar en cualquier situación laboral y ponerme a la orden para cualquier duda que haya generado con el presente escrito ya que la idea es que aunque se torne un poco difícil todo, podamos como Venezolanos ayudarnos a avanzar y buscar la mejor forma para realmente recuperar la economía del País.

Espero les sirva de algo lo aquí plasmado, intente ser lo mas coloquial posible para su mejor entendimiento, pero si posee alguna pregunta o necesita que profundice algún punto solo debe dejarlo en los comentarios. Saludos!

Sort:  

empezando que el gran mito es anclar el salario a una moneda inexistente. ya que no ha salido a ningun dashboard ni blockchain, asi que como cualquier crypto nueva al salir al rodeo puede su precio descender a menos de centavos de dolar.
hasta los momento debemos seguir catalogando el petro como un SCAM

Ciertamente, pero como el constante discurso repetido muchas veces por el Presidente de la República y varios de su comitiva crean intraquilidad en muchas personas que no entienden aun de estos conceptos, es importarte explicarle de forma mas simple que es falso todo lo que le han dicho y que a la fecha continuamos con la misma modalidad de calculo de salario mínimo.

Muy útil este post. Sería muy interesante conocer las leyes que desmienten cada mito en los casos que aplique como los de la liquidación o la quiebra, por ejemplo.

El de Maduro es un gobierno que desinforma (¿intencionalmente?) y por eso son necesarias aclaratorias como la que tú haces.

Con respecto al mito 1 se reconfirma con las tablas de la administración pública que en la Gaceta Oficial están expresadas en bolívares y no en petros, como correspondería si existiera el fulano anclaje.

Estoy totalmente de acuerdo con usted, existe toda intención de desinformar y con los anuncios contradictorio se demuestra fácilmente esto, lo importante es respirar profundo y ayudarnos unos con otros a llegar al fondo de cada anuncio.

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