El Baco. Cap. 71c (Traducción del pergamino de Arias Didaz)steemCreated with Sketch.

in #spanish7 years ago

Mientras llegaba el Vasco, lo fue escribiendo en un folio con la traducción al castellano actual, sinópticamente, en dos columnas, como si estuviera preparando una edición bilingüe, lo mismo que los libros de textos latinos traducidos, que estaba cansado de decirle a sus alumnos que no utilizaran en las clases.
«Como Arias Didaz e sua muller e sua filla e genro e seu fillo Arias e nora daron todos sous heredamentos de tierra de Bierzo e quanto avian en Sanct Facund al monesterio. E pintura de pagano d. Baco por a guarda eno monesterio e non seer poderosos elos monges de vender, nen de sopennorar, nen donar nen extranear».

«In era M C XXX III. Ego Arias Didaz do atque concedo et uxor mea Gelovira, et mea filia Ymblo cum viro suo Martino Petris meas hereditates, quas habeo de abiis meis vel parentibus meis ad monasterium Santi Petri de Montibus, propter remedium animas nostras vel parentibus nostris. Terras, casas, ortos, ortales pratis, pascuis, molinarias, piscarias, aquis aquorum, ligna silvatium exitus montiuum, accesum vel regressum ubi illas potueritis invenire. Et sunt ipsas hereditates in territorio bergidense. Et do et concedo. Anuit nobis namque et advenit placivilitas, ad vobis Pelagius Abba et collegium fratrum de sancto Petro de Montes donationem de hereditates nostras proprias et de uxor mea. Terras, casas cum suas parras, vineas, bodegas sub terra in loco pernomeato Sancte Facunde, et quod in illis manet, cupas, vinos, ferros, et pinctura escripta dei Baco, sacrilega et excomunicata, cum hominibus et mulieribus rogantibus, usque ad miniman petram propter nullus homo fiat excomunicatus per sacrilego culto concesione. Igitur si aliquis homo temptaverit et inrumpendum venerit vel infringere voluerit, fiat ab Aeclesia et fiat excomunicatus a fide catholica aecclesie eterna tabernacula, trucidatus et dampnatus judicio divino mereatur eternum barathrum, cum Judas Scarioth lugeat penas in eterna dampnatione.
Facta kartula testamenti die quod erit XII kalendas aprilis. Era C XXX III post milessima. Regnante Adefonsus rex in toletu et in Legione. Osmundus gratia Dei episcopus in astoricense sedis.
Quod ibi fuerunt por testes: Coram testibus: Petr, testis. Vellite, testis, Pelayo, testis. Petro Garcia, cnf. Alvaro Vermutez, cnf. Arias Didaz, cnf. Petrus qui notuit».

Traducción:
«Cómo Arias Didaz y su mujer, su hija y yerno, y su nuera e hijo llamado Arias como su padre, dieron al monasterio toda su herencia de tierra del Bierzo. Y dieron también la pintura del pagano dios Baco sólo para que la guardaran en el monasterio, pero que los monjes no la pudieran vender, ni pignorar (dejar en prenda), ni regalar ni sacarla del monasterio».
«En la era 1133, es decir: en el año 1096, yo Arias Didaz casado con Elvira; y mi hija Ymblo casada con Martino Petris, damos y concedemos la herencia que obtuvimos de nuestros abuelos y parientes al Monasterio de San Pedro de Montes, para remedio de nuestras almas. La herencia consta de: tierras, casas, huertos, prados hortales, pastos, molinos, pesqueras, ríos y arroyos, leña de la salida de los montes y camino para poder acceder a ella. Todas estas propiedades están ubicadas en el Bierzo. Nos agradó y consentimos libremente regalaros mi herencia y la de mi esposa a vosotros, Abad Pelagio y al colegio de frailes de San Pedro de Montes: tierras, casa con parras, viñas, bodegas bajo tierra en el lugar llamado Sahagún y todo lo que contienen: cubas, vinos, hierros y también la pintura del Baco con hombres y mujeres orantes, sacrílega y excomulgada. De las bodegas, os regalo hasta la piedrecita más pequeña, para que nadie sea excomulgado por haber dado culto sacrílego. Si alguien lo intentara o quisiera infringir esto, sea expulsado de la Iglesia y sea excomulgado de la fe católica, sea matado con crueldad e inhumanidad y en el juicio final sea merecedor del eterno infierno donde van los paganos; y con Judas Iscariote se lamente de su eterno daño.
Fue hecha esta escritura el día 12 de Abril de la era 1133, siendo Alfonso rey de León y de Toledo. Osmundo, por la gracia de Dios, obispo de Astorga.
Fueron testigos: Pedro, Vellido y Pelagio. Lo confirmaron: Pedro García, Álvaro Vermúdez y Arias Didaz. Notario: Pedro».
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Arias 2.JPG

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Puedes reproducir lo que quieres. Gracias.

Interesante cada dia se aprende algo nuevo

Wonderful story. Thanks for sharing.

Gran herencia! Esperemos la continuación de El Baco... Muy interesante capítulo.

Really interesting story keep it up

Amigo, interesante información. Un saludo!

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