Propiedad intelectual y libertad individualsteemCreated with Sketch.

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Por Roselyn Kristen

  Las Revoluciones políticas-económicas liberales del siglo XVIII y el inicio de la Modernidad sirvieron de marco al reconocimiento de la libertad individual como un derecho fundamental del ser humano. Entiéndase la libertad desde esta filosofía como “la ausencia de obstáculos en la actuación o elección humana” (Isaiah Berlin, “Two Concepts of Liberty”). En este sentido, la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 contempla en su disposición IV: “La libertad consiste en poder hacer todo aquello que no cause perjuicio a los demás. El ejercicio de los derechos naturales de cada hombre, no tiene otros límites que los que garantizan a los demás miembros de la sociedad el disfrute de los mismos derechos”. La visión del ser humano como creador por naturaleza estuvo presente en la filosofía liberal del siglo XVIII, y desde esta perspectiva, su reivindicación de la libertad individual presupuso, en otros aspectos, el reconocimiento de la facultad del desarrollo libre de los talentos y de la invención.

No podríamos comprender este hito de la historia sin tomar en consideración los alcances de las transformaciones sociales, económicas y culturales de la Revolución Industrial. Las invenciones de la máquina a vapor, de la locomotora, y de los hornos de fundición facilitaron el surgimiento de la industria como nueva forma de organización del trabajo, y de transformación de los hábitos humanos (tal como, el éxodo masivo de las poblaciones rurales a las ciudades). Esta nueva forma de organización social presupuso una mirada del ser humano hacia sí mismo como ser pensante y creador que inició con el Renacimiento. Esta perspectiva implicó la reivindicación de la libertad individual de creación del ser humano frente a las restricciones de las corporaciones gremiales del Medievo. Estas restricciones comprendieron la limitación de la creatividad individual frente a las exigencias de conservación de las formas tradicionales de los oficios. Esta conservación del método tradicional de trabajo y la concepción colectiva de la actividad laboral impedía la innovación y la consideración de esta última como un aporte individual. La ruptura con el orden medieval en la Modernidad implicó, bajo la influencia del Liberalismo, la reivindicación de la libertad individual de creación en un escenario donde las invenciones tecnológicas mostraron al ser humano sus más amplias facultades de transformación del entorno.
Es justamente bajo esta perspectiva de la Modernidad que el ser humano inició el camino del reconocimiento formal de las diversas modalidades de los derechos de propiedad intelectual en el siglo XIX. La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (O.M.P.I.) define a este conjunto de derechos como “las facultades de los creadores sobre las invenciones de la mente: obras literarias o artísticas, así como símbolos, nombres e imágenes utilizados en el comercio”. La propiedad intelectual abarca además los derechos de los creadores sobre las invenciones científicas y tecnológicas. En este sentido, las modalidades de la propiedad intelectual comprenden a los derechos de autor, las marcas, patentes, y a los diseños industriales. Si bien el copyright (derecho exclusivo de un autor de reproducción y distribución de copias de una obra literaria) fue reconocido en el Copyright Act de 1709 en Inglaterra, el reconocimiento formal de los derechos de exclusividad sobre marcas, patentes y diseños industriales fue efectuado en el siglo XIX. Este proceso de reconocimiento fue desarrollado en principio en los ordenamientos jurídicos internos de cada Estado-nación, y fueron celebradas posteriormente convenciones internacionales en aras de una mejor protección de la propiedad intelectual en el escenario mundial. Las celebraciones del Convenio de París sobre la propiedad industrial (1883) y la Convención de Berna para la protección de obras literarias y artísticas (1886) iniciaron el conjunto de los acuerdos que conforman actualmente al Derecho Internacional de la Propiedad Intelectual.
La relación entre propiedad intelectual, y libertad individual de creación cobra especial importancia en la actual era de la sociedad del conocimiento debido a los alcances de las transformaciones sociales, culturales y económicas de las innovaciones digitales. El poder de creación del ser humano ha convertido a la propiedad intelectual de sus invenciones como el activo no tangible más importante de una era que representa la segunda revolución tecnológica más importante de la historia humana. Un ser humano que se visualiza a sí mismo libre y capaz de superar sus propios hallazgos.

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