JUNTA DE CONDOMINIO, FUNCION Y ADMINISTRACION


Junta de Condominio un mal necesario?


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Hola comunidad Steemit Venezuela ante quiero pedir disculpa por mi ausencia de la comunidad por lo que vengo hablarle él porque, No se si a ustedes le ha pasado bueno aquellos que vivan en apartamentos ya que el problema que hemos afrontado es con la junta de condómino ya que se ha tomado atribuciones si contar con la aprobación de los co-propietarios del edificio donde habito, antes de contarle paso a resumir lo que es una junta de condominio, sus atribuciones, Y las características del condominio para después explicarle mi problemas y si alguno los tienes no permita que le pase a ustedes.


¿Qué es la Junta de Condominio?

Es un órgano de representación de los intereses de la comunidad de copropietarios, con capacidad ejecutora para ejercer funciones incluso como ente administrador de un edificio regido por la Ley de Propiedad Horizontal; y que es electo por la reunión formal y solemne de la Asamblea General de Propietarios.

Esta figura jurídica se regula en los códigos civiles y se trata de un derecho real. Es decir, un derecho de propiedad dividida de manera igualitaria entre varias personas.

Es necesario → Un solo bien, varios propietarios y una división del bien entre todos los propietarios. Aunque en principio se trata una división igualitaria, se permite que no sean iguales por ley o por pacto entre las partes.

Las personas que comparten este derecho de propiedad sobre el mismo bien se denominan condóminos, y en cualquier momento pueden pedir dividir el bien para que no sea propiedad común.


¿Cuáles son las atribuciones legales de la Junta de Condominio?

En Venezuela la respuesta a esta pregunta viene dado por lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley de Propiedad Horizontal, particularmente en lo que señala su tercer párrafo:

La Junta de Condominio decidirá por mayoría de votos y tendrá las atribuciones de vigilancia y control sobre la Administración que establezca el Reglamento de la presente Ley y, en todo caso, tendrá las siguientes:

  1. Convocar en caso de urgencia a la Asamblea de Copropietarios;
  2. Proponer a la Asamblea de Copropietarios la destitución del Administrador;
  3. Ejercer las funciones del Administrador en caso que la Asamblea de Copropietarios no hubiere procedido a designarlo;
  4. Velar por el uso que se haga de las cosas comunes y adoptar la reglamentación que fuere necesaria;
  5. Velar por el correcto manejo de los fondos por parte del Administrador


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Ahora bien, sería poco sensato no hacer algunas consideraciones sobre cada una de las atribuciones legales que tiene la Junta de Condominio, máxime cuando estamos desarrollando por primera vez este importante tema, para aclarar, claro está, desde nuestra óptica y experiencia, las dudas que se nos han presentado en talleres, foros, charlas y en la consulta privada. Podríamos abordar varios subtemas al tratar lo que ha sido nuestra experiencia profesional sobre cada una de estas atribuciones legales de la Junta de Condominio en Venezuela, pero versaremos sobre lo que más nos ha llamado la atención. En todo caso, para el público hispanoamericano recomendamos que lean la ley especial que rige el tema de la propiedad horizontal para saber que dice el legislador de cada país sobre el mismo, siendo ello muy importante, puesto que la actuación y las responsabilidades que asume la Junta de Condominio vienen dadas por la ley; en Venezuela, no sólo la de propiedad horizontal, sino también el Código Civil Venezolano, porque al ser la Junta capaz de ejercer las funciones como ente administrador, debe seguir las normas del contrato de mandato que están establecidas en él, por disposición de la propia ley especial, tal y como más abajo señalaremos.

La norma por excelencia y que debemos aplicar en las comunidades sometidas al régimen de propiedad horizontal (condominios), sea residencial o comercial, es la Ley de Propiedad Horizontal -que data de 1958- con una ligera reforma en 1983, en la que el legislador contempló los aspectos que consideró para el buen


Características del condominio

Las características principales del condominio son:

  1. Puede usarse el bien por igual entre todos los propietarios.
  2. Ningún propietario puede destruir el bien.
  3. Pueden pactar los usos y las partes en las que se divide la propiedad.
  4. Para la administración del bien deben estar de acuerdo la mayoría de los propietarios.
  5. Cada uno de los propietarios hará frente a los gastos de manutención del bien según sea su cuota de propiedad.
  6. En caso de desacuerdo entre las partes puede acudirse al juez.

Bueno voy a contarle resulta que la junta de condominio de la residencia donde vivo se a toma atribuciones sin consultarlo a los co-propietarios con respecto algunas acciones que debían ser consultadas por ejemplo:

  1. Aumento del sueldo al personal de conserjería se previa consulta
  2. Cobrar reparaciones y servicios sin previa consulta
  3. Permitir que la administradora aumente el cobro de condominio sin especificar dichos cobros
  4. Hacer cobros excesivos sin especificar en que se gastaron
  5. Cobrar por trabajos que no se han hecho.

En pocas palabras se quieren adueñar del edificio y nosotros en vez de ser co-propietarios pasamos hacer sus inquilinos.

Las juntas de condominios son creadas para servir de vocerías de todos los co-propietarios y a sus velar por el buen funcionamiento de la administradora que cumpla con los compromisos adquiridos por los co-propietarios amparado siguiendo los lineamientos emanados por la ley para el buen estado del edificio.
Bueno dándoles gracias a todos y disculpe por todo y siempre estar pendiente.


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Excelente explicación. Gracias por hablar sobre el tema. Saludos...

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